¿Qué pasa si mi pareja no quiere firmar el divorcio?

Guía legal para actuar en España.

Una de las consultas más frecuentes que recibimos en divorcio.com.es surge de una situación de bloqueo absoluto: “Quiero separarme, pero mi cónyuge se niega en rotundo a firmar”. Es completamente normal sentir incertidumbre o temor a quedar atrapado en un matrimonio de forma indefinida, pero la realidad jurídica en España es muy clara: nadie está obligado a permanecer casado si no lo desea.Si tu pareja no quiere colaborar, puedes conseguir la disolución de tu matrimonio igualmente. En este artículo te explicamos cómo funciona el proceso y cómo te ayudamos a resolverlo.

El divorcio en España es un derecho unilateral.

Desde la reforma legal del año 2005, no es necesario el consentimiento de ambos cónyuges para divorciarse. Tampoco existe la obligación de alegar causas, motivos o culpas (como infidelidades o el cese previo de la convivencia).

Los únicos dos requisitos legales que exige la ley actual para solicitar el divorcio son:

  • Que hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio (salvo que exista un riesgo acreditado para la vida o integridad del solicitante).
  • Que uno de los miembros de la pareja manifieste su voluntad firme de divorciarse mediante una demanda judicial.La solución legal: El divorcio contencioso

Cuando tu pareja se opone a la separación o se niega en rotundo a negociar un convenio regulador, la vía del [Divorcio Express] o el [Divorcio Notarial] queda descartada.

En ese momento, se debe iniciar un procedimiento de divorcio contencioso.

Este proceso judicial se desarrolla bajo las siguientes pautas: Intento en vía extrajudicial de un MASC (Medio alternativo de solución de controversias), empleamos preferentemente Burofax; una vez transcurrido el mes preceptivo desde el Burofax, Presentación de la demanda unilateral: Con la asistencia obligatoria de abogado y procurador, redactamos y presentamos una demanda de divorcio en el Juzgado de Familia.

En este documento planteamos las medidas que consideramos justas para regular la ruptura (custodia de los hijos, uso de la vivienda, etc.).

Notificación al cónyuge:

El juzgado enviará la demanda a tu pareja para que responda en el plazo legal establecido.

¿Qué pasa si decide ignorar la demanda? Si tu pareja se niega a contestar o decide no presentarse al juzgado, el proceso no se detiene. El juez la declarará en «rebeldía procesal».

El juicio se celebrará de todos modos y el magistrado dictará la sentencia basándose en las pruebas presentadas por nuestra parte.

Sentencia judicial definitiva: El juez dictará una sentencia que pondrá fin al vínculo matrimonial de forma oficial y regulará de manera definitiva las medidas correspondientes.

Medidas provisionales: Protección inmediata mientras esperas. Sabemos que un proceso contencioso puede prolongarse durante meses debido a la saturación de los juzgados, provocando un gran desgaste emocional.

Para evitar situaciones de desamparo o conflictos convivenciales durante la espera, tu abogado puede solicitar medidas provisionales.

Estas medidas se dictan de forma urgente y regulan de inmediato aspectos cruciales mientras se tramita el divorcio principal:

  • El uso y disfrute de la vivienda familiar común.
  • La guardia y custodia provisional de los hijos menores de edad.
  • El establecimiento de una pensión alimenticia provisional para cubrir las necesidades de los hijos.

En divorcio.com.es te acompañamos paso a pasoSi tu decisión de divorciarte es firme, la negativa de tu pareja solo retrasará los plazos procesales, pero nunca impedirá que recuperes tu soltería. En divorcio.com.es contamos con más de 20 años de experiencia específica en derecho de familia y más de 400 procesos de divorcio resueltos satisfactoriamente.Te ofrecemos explicaciones claras, un trato humano y sin tecnicismos para que puedas cerrar esta etapa con total seguridad y tranquilidad.

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