El divorcio: disolución del vínculo matrimonial

El divorcio es la vía legal que disuelve por completo un matrimonio. A diferencia de la separación, el divorcio rompe el vínculo conyugal, permitiendo a los ex cónyuges volver a casarse en el futuro. Este proceso pone fin a los derechos y deberes que surgieron del matrimonio, aunque mantiene las obligaciones hacia los hijos, ya que la ley no distingue entre hijos matrimoniales y no matrimoniales.

En España, la normativa ha evolucionado para simplificar el proceso. Desde 2005, no es necesario alegar una causa para el divorcio. Basta con que hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio para que cualquiera de los cónyuges pueda solicitarlo.
Tipos de divorcio y procedimiento
El camino hacia el divorcio depende de si existe acuerdo entre la pareja.
Divorcio de mutuo acuerdo: Es el método más rápido y sencillo. Los cónyuges están de acuerdo tanto en divorciarse como en las medidas que regularán su nueva vida. Estos acuerdos se plasman en un convenio regulador. Si no hay hijos menores, el divorcio puede tramitarse ante un notario o un letrado de la Administración de Justicia sin necesidad de acudir a un juez.
• Divorcio contencioso: Este tipo de divorcio se inicia cuando no hay acuerdo. Uno de los cónyuges presenta la demanda de forma unilateral y es el juez quien decide sobre la custodia de los hijos, las pensiones de alimentos y compensatoria, entre otras cuestiones, después de escuchar a ambas partes y a los hijos.
Contenido del convenio regulador
El convenio regulador es un documento esencial en el divorcio de mutuo acuerdo. En él, los cónyuges establecen las medidas que regirán su vida tras la disolución del matrimonio. Estas medidas incluyen:
• Custodia y patria potestad de los hijos: Se determina quién se encargará de la custodia y cómo se ejercerá la patria potestad.
• Régimen de visitas y comunicación: Se establecen los periodos en los que el progenitor no custodio convivirá con los hijos.
• Pensión de alimentos: Se fija una cantidad para cubrir las necesidades de los hijos.
• Pensión compensatoria: Si la separación produce un desequilibrio económico en uno de los cónyuges, se puede pactar una pensión para compensarlo.
• Uso de la vivienda familiar: Se acuerda quién residirá en la casa familiar.
• Reparto de bienes: Aunque no es estrictamente parte del convenio, se puede incluir la liquidación del régimen económico matrimonial para repartir los bienes comunes.
Efectos y consecuencias del divorcio
El divorcio tiene consecuencias legales definitivas que es importante conocer.
• ¿Desde cuándo surten efecto? Los efectos legales del divorcio comienzan en el momento en que la sentencia judicial, el decreto del letrado de la Administración de Justicia o la escritura pública del notario adquieren firmeza.
• ¿Qué pasa con la herencia? El divorcio elimina automáticamente los derechos hereditarios entre los cónyuges. Si una persona divorciada quiere dejar bienes a su ex cónyuge, deberá hacerlo explícitamente en su testamento.
• ¿Se puede anular el divorcio? Una vez que el divorcio es firme, es irreversible. Si una pareja divorciada decide volver a estar junta, la única opción es volver a casarse. La reconciliación solo tiene efecto si ocurre durante el proceso de divorcio, antes de que se dicte la sentencia, auto del LAJ o se otorgue la escritura notarial.
• ¿Y si las circunstancias cambian después del divorcio? Las medidas adoptadas en la sentencia (como la pensión de alimentos, la pensión compensatoria o la custodia) no son inamovibles. Si las circunstancias económicas de los cónyuges o las necesidades de los hijos cambian significativamente, se puede solicitar judicialmente una modificación de medidas para adaptar los acuerdos a la nueva realidad.
• ¿Qué ocurre con la pensión de viudedad si uno de los dos fallece después de divorciado?. En este caso el excónyuge sobreviente puede tener derecho a pensión de viudedad si cobraba pensión compensatoria. También puede acceder a ella si fue víctima de violencia de género. La pensión puede repartirse entre el cónyuge actual y el excónyuge según el tiempo convivido. La regulación principal está en la Ley General de la Seguridad Social.

divorcio en España
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